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LEGISLACIÓN EDUCATIVA

CURRICULUM SECUNDARIA

 

La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es una etapa educativa obligatoria y gratuita que completa la educación básica. Consta de cuatro cursos académicos que se realizan ordinariamente entre los 12 y los 16 años de edad. No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad.

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Características

Desde el curso 2015-2016 comprende dos ciclos; el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. Este último, de carácter fundamentalmente propedéutico, puede cursarse por una de las dos siguientes opciones:

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  • Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato.

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  • Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional

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La Educación Secundaria Obligatoria tiene como finalidad:

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  • Lograr que todos adquieran los elementos básicos de la cultura: humanísticos, artísticos, científicos y tecnológicos.

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  • Desarrollar y consolidar hábitos de estudio y de trabajo.

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  • Preparar para la incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral.

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  • Formar a todos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.

Promoción

 

Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas por el conjunto de profesores del alumno o alumna, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

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Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. A estos efectos, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques.

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De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias cuando estas sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea, o en tres que no incluyan al mismo tiempo a las dos anteriores, siempre que el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador.

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Repetición

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional, que sólo podrá aplicarse una vez en un mismo curso, y dos veces en toda la etapa, y sólo tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.

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La repetición de curso tiene las siguientes características:

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  • El alumno puede permanecer en el régimen ordinario hasta el curso académico completo en que cumple los 18 años.

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  • Sólo se puede repetir el mismo curso una vez, y dos veces como máximo dentro de la etapa. Si ésta segunda repetición tiene lugar en 3º o en 4º curso se amplía este límite de edad hasta los 19 años, de modo que el alumnado que comienza la ESO con una repetición en la Educación Primaria no se vea obligado a dejar la educación básica sin alcanzar la titulación.

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  • Excepcionalmente, un alumno puede repetir dos veces 4º curso si no ha repetido en ningún curso anterior.

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Cada grupo tiene asignado un tutor, si bien cada materia es impartida por profesorado especialista.

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Titulación
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Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesario superar la evaluación final y obtener una calificación final de la etapa igual o superior a 5 puntos sobre 10.

 

Dicha calificación final se deducirá de la siguiente ponderación:

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a) Con un peso del 70 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Educación Secundaria Obligatoria.

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b) Con un peso del 30 %, la nota obtenida en la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.

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En el título deberá constar la opción u opciones por las que se realizó la evaluación final, así como la calificación final de Educación Secundaria Obligatoria.

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Encabezado 1

Competencias Clave

Se conceptualizan como un “saber hacer” que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales. 

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Las competencia son:

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a) Comunicación lingüística.

b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

c) Competencia digital.

d) Aprender a aprender.

e) Competencia sociales y cívicas.

f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

g) Conciencia y expresiones culturales.

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Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo.

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Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

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Las competencias clave deben estar integradas en las áreas o materias de las propuestas curriculares, y en ellas definirse, explicitarse y desarrollarse suficientemente los resultados de aprendizaje que los alumnos y alumnas deben conseguir.

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Las competencias deben desarrollarse en los ámbitos de la educación formal, no formal e informal a lo largo de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y en la educación permanente a lo largo de toda la vida.

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